miércoles, 13 de febrero de 2013

PLAZA DE LA CONSTITUCIÓN, ANTES "NUEVA" (I)

Por el Doctor Camino, sabemos que dicha Plaza se hizo en 1722, comprando y derribando los edificios que componían las calles de Embeltrán y Amasorrain, que se hallaban en aquel lugar, siendo la traza de Hércules Torrelli, de quien era también el frontispicio del Monasterio de San Bartolomé. Su coste ascendió a 1.016.619 reales, sin contar la casa concejil que costó más de 40.000 pesos. Con esta nueva Plaza se quisieron evitar los desórdenes que ocurrían entre militares y paisanos en la Plaza Vieja, en donde había tres cuarteles,en los concursos de espectáculos públicos, y también colocar en situación más ventajosa la Casa Consistorial y la del Consulado, que se hallaban en donde se pusieron luego a Lonja y los almacenes de la Compañía de Filipinas. Todos los edificios de esta Plaza, fueron construídos por cuenta del Ayuntamiento, y se obligó a todos los vendedores de comestibles al por menor a que vendiesen sus mercancias en esta Plaza y no en la Plaza Vieja, ni por las calles, como se venía haciendo.

Al efecto, el Ayuntamiento dispuso en Febrero de 1722 el cumplimiento de dicho acuerdo, que fue ratificado por R. Provisión de 16 de Octubre del año indicado, aclarando que se pusieran además en los arrabales dos o tres tiendas en sitios adecuados.

Tenía la Plaza, como ahora, sus soportales o arcadas en sus cuatro frentes, interceptados por otras tantas bocacalles, que en ella entraban. Dos de ellas, que seguían de la Calle Iñigo, eran capaces para paso de carros y coches, y las otras solo de caballerías. Su posición, más que horizontal, se hallaba hundida con respecto del todo. En la cabeza del Poniente, se hallaba situada la casa Concejil y del Consulado, con un soportal o arcada espacioso. Este edificio era bastante capaz y de excelentes salones, pero el estilo Churrigueresco de sus formas exteriores, hacía ridícula su decoración. Los demás costados del cuadrilongo, se componían de tres series de arcadas uniformes, como así mismo, las casas o frentes que sobre ellas se cargaban.

Las azarosas circunstancias que sobrevinieron con motivo de la guerra de la Independencia, a principios del siglo XIX, obligaron al Ayuntamiento a vender la propiedad de dichas casas en 1810, reservándose diferentes derechos, sobre dichas fincas, como son el derecho del cobertizo y arcos, los balcones para los casos de corridas y otros regocijos, noches de iluminación etcétera, para atender con sus rendimientos a los gastos de la función.

Al sobrevenir el incendio de la ciudad en 1813, siguieron aquellos 25 edificios que circunvalaban la Plaza, la suerte de los demás, siendo destruídos completamente. Toda la fachada de la casa concejil, quedó destruída y desplomada hasta los cimientos, permaneciendo en pie los dos costados y espalda, pero resentido e inutilizados.

Así mismo quedaron destruídos los frentes totales de los lados más largos de la Plaza, conservándose únicamente en pie una parte del lado opuesto a la casa Concejil, aunque resentida y amenazando peligro. Igualmente se arruinaron la mayor parte de las paredes medianiles, y solo quedaron las paredes de las espaldas, las que fueron desmoronadas con la acción de las lluvias y vientos. Los expresados tres lados de la Plaza, se componían de casas muy angostas, de poco frente y poco fondo, por cuyo motivo todas las escaleras eran estrechas, oscuras y agudas, y los cuartos interiores y cocinas, faltos de luz, que recibian por pequeños patines parciales que tenían por la espalda, hasta el punto de que casi todo el año, se veían obligados a hacer uso de la luz artificial, efecto de la defectuosa distribución.

Después de la catástrofe, muchos propietarios de estos solares, los vendieron haciendo caso omiso del censo o gravamen que tenían para con el Municipio, y al proyectar la construcción de nuevos edificios, sobrevinieron multitud de reclamaciones y quejas, que dieron lugar a una reunión que se celebró entre los interesados y el Ayuntamiento, bajo la presidencia del Corregidor. En dicha reunión acordaron que la ciudad librase los indicados solares de toda responsabilidad, que las fachadas se ejecutasen conforme al plano del Arquitecto Ugartemendía, abonando de los fondos públicos la diferencia que resultase en su coste, comparadas con las de la casa de la Viuda de Echagüe que debía servir de punto de partida; que el Ayuntamiento pudiese disponer de los balcones, cuando hubiese corridas de muerte, para venderlos al público, reservando para el propietario el derecho a un balcón torero, esto es, a una ventana o medio balcón en la habitación de la casa que pidiese y dos si era vecino Concejante, pagando por él lo que el Ayuntamiento señalare por punto general para todos los balcones.

El Ayuntamiento propuso además, y así se acordó, que se le concediera el derecho de gravar con un impuesto los bancos del Mercado, que habían de establecerse en los arcos de la Plaza, destinando los fondos recaudados a beneficio del Hospital y Misericordia, sin que pudieran practicarlo los dueños ni los inquilinos, en cuyo caso se haría por cuenta de la Ciudad, todo el balconaje de hierro del primer piso, de todas las casas.

...............CONTINUARÁ.

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